¿Es discriminatorio prohibir circular a solo 1 persona por coche? La nueva restricción, bajo la lupa

A través de un nuevo proyecto de Real Decreto, el Gobierno quiere introducir la posibilidad de establecer también restricciones de acceso a las Zonas de Bajas Emisiones en función a la ocupación de los vehículos, pero ¿es legal? ¿Puede considerarse discriminatoria la medida?

Es discriminatorio prohibir circular a solo 1 persona por coche, la nueva restricción, bajo la lupa
Es discriminatorio prohibir circular a solo 1 persona por coche, la nueva restricción, bajo la lupa

La Ley de Cambio Climático, aprobada hace ya más de dos años para regular las Zonas de Bajas Emisiones en España, es una normativa abierta. El Gobierno tiene intención de ir adaptándola y corrigiéndola en función a la implantación definitiva por las más de 150 ciudades que están obligadas a contar, antes de finales de año, con estas áreas urbanas protegidas medioambientalmente y con restricciones de circulación. Y las primeras modificaciones podrían no tardar en llegar.

Tal y como ha trascendido esta semana, el Gobierno de Pedro Sánchez ya tiene listo un borrador de proyecto de Real Decreto por el que, precisamente, prevé modificar tanto el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre por el que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones, como el Real Decreto 1428/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Y como prevés ya, sí, las novedades serán muy importantes cuando hay que tocar hasta dos leyes para introducirlas.

Las ZBE tendrán que multar y habrá nuevas restricciones de circulación

Además de añadir un artículo 10 bis para obligar a establecer en las Zonas de Bajas Emisiones un “sistema activo de control de accesos, monitorización y seguimiento” y “un régimen sancionador activo que excluya cualquier sistema transitorio de avisos” (es decir, se obligará a multar ya), la polémica en las últimas horas surge por la introducción del artículo 37 bis de nueva “Ordenación especial del tráfico y restricciones en vías urbanas”.

Prohibido circular coches sin asistentes de seguridad, más restricciones en Zonas de Bajas Emisiones
El Gobierno prepara un Real Decreto por el que obligará a las Zonas de Bajas Emisiones a tener un "régimen sancionador activo".

En concreto, el nuevo texto señala explícitamente que “las autoridades municipales con competencia en materia de gestión, regulación y ordenación del tráfico podrán, mediante Ordenanza municipal, establecer restricciones de acceso de vehículos a zonas, vías o tramos de vías urbanas a fin de mejorar la seguridad de los usuarios o racionalizar el uso de las vías urbanas. Estas restricciones se podrán basar, entre otros, en criterios de: disponibilidad de sistemas avanzados de asistencia a la conducción en el vehículo, servicio al que se destina el vehículo y número de ocupantes del vehículo". Y es especialmente este último supuesto el que ha generado más controversia.

Las Zonas de Bajas Emisiones podrán prohibir los accesos en función al número de ocupantes del vehículo

Es decir, para entendernos: las nuevas Zonas de Bajas Emisiones podrán prohibir sus accesos en función al número de ocupantes, como sucede ahora en cualquier carril VAO, no permitiendo circular a vehículos con solo un pasajero a bordo. Y, por si fuera poco, la DGT acaba también esta misma semana de publicar su nuevo catálogo de señales donde, desde este mismo mes de julio, entra en vigor la nueva S-51b que, curiosamente, sirve para limitar la circulación a los coches de un solo ocupante, mediante una señalización azul y cuadrada, donde aparece un coche con dos ocupantes sobre un carril, con una flecha mirando hacia arriba y la leyenda (2+) que indica el número de ocupantes a bordo con derecho de acceso. Aunque desde Tráfico se anuncia que, en principio, esta nueva señal va destinada a ubicarse en carreteras con carriles especiales, sobre todo en los ya mencionados VAO de acceso a grandes ciudades, ahí está ya para cualquier posible uso futuro.

Nueva señal S 51b y explicación oficial de la DGT de su significado
Nueva señal S-51b sobre vehículos de alta ocupación y explicación oficial de la DGT de su significado.

Ante esta realidad, la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM), que lleva meses denunciando Zonas de Bajas Emisiones, ha anunciado una nueva campaña masiva de alegaciones a este proyecto de Real Decreto del Gobierno por considerarlo “discriminatorio” y “ausente de informes y de consulta pública previa”. Y, en concreto, carga duramente con la posibilidad de prohibir la circulación en función a la ocupación.

AVARM considera esta medida discriminatoria y anticonstitucional 

Para esta importante asociación, “establecer una restricción en función del número de ocupantes del vehículo supone una discriminación hacia las personas solteras (solteros/as, separadas/os, viudas/os o divorciadas/os)” y “hacia las familias monoparentales”. Según informan con datos del INE, a finales de 2023 había ya en España 14,9 millones de personas solteras mayores de edad, lo que representa el 36% de la población adulta. Y en 2024 los hogares unipersonales ascienden a más de 5,4 millones de personas viviendo solas, lo que representa hasta el 28,1 por ciento de los hogares.

En cuanto a las familias monoparentales, que según el INE se calculan hoy entorno a 1,9 millones de hogares también (casi un 11% del total), desde AVARM se considera que también supone una gran discriminación esta medida, ya que “el progenitor suele acudir con su vehículo a recoger a su hijo/a viajando siempre solo una parte del trayecto”. La asociación asegura que, según datos de la Encuesta Continua de Hogares (2020), el número de hogares monoparentales ha mantenido un crecimiento constante desde 2018 hasta convertirse en un modelo familiar ya muy común en España. La economía de estos hogares además suele ser comprometida, con más del 53% en riesgo de exclusión y sin poder comprometerse a adquirir lógicamente un vehículo nuevo.

Prohibido circular solo una persona por coche, nuevas restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones
AVARM considera discriminatorio prohibir circular a vehículos con solo un ocupante a bordo.

Según concluye AVARM, “un Real Decreto, o una ordenanza municipal derivada del mismo, que establezca una discriminación hacia las personas solteras podría contravenir varias normativas y leyes en España, tanto a nivel constitucional como en el marco de derechos fundamentales”. Y anuncian que se reservan el derecho a seguir recurriendo ante los tribunales todas estas medidas.

 

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